❓ ¿Qué es la Ley Karim?
Es la Ley 21.643, vigente desde el 1 de agosto de 2024, que regula la prevención, investigación y sanción del acoso laboral, sexual y la violencia en el trabajo, con perspectiva de género.
❓ ¿A quién aplica?
A todos los trabajadores del sector público y privado, sin importar el tamaño de la empresa.
❓ ¿Qué conductas regula?
Acoso laboral: hostigamiento, maltrato, discriminación, sobrecarga o aislamiento.
Acoso sexual: insinuaciones, tocamientos, mensajes o gestos de connotación sexual no consentidos.
Violencia en el trabajo: gritos, amenazas, gestos intimidantes, clientes/proveedores hostiles.
❓ ¿Cómo denunciar?
Ante el empleador: de forma oral o escrita (se levanta acta).
Ante la Dirección del Trabajo: la denuncia se presenta directamente y esta inicia la investigación.
❓ ¿Qué plazos existen?
Investigación: 30 días hábiles.
Aplicación de medidas: 15 días después del informe.
❓ ¿Qué deben hacer las empresas?
Incorporar protocolo, procedimiento y matriz de riesgos en el Reglamento Interno.
Establecer canales de denuncia.
Capacitar a todos los trabajadores.
Garantizar confidencialidad y atención psicológica.
❓ ¿Qué sanciones se aplican?
Medidas correctivas (reubicación, capacitaciones).
Despido del agresor en casos graves (art. 160 Código del Trabajo).
❓ ¿El denunciante tiene fuero?
No, pero sí está protegido por la garantía de indemnidad, que impide represalias por denunciar.
