Ir al contenido principal

Webinar Informativo Operación Renta 2024

Actualizado hace más de una semana

❓ ¿Qué es la Operación Renta y por qué es importante?

La Operación Renta es el proceso anual mediante el cual empresas y personas declaran y pagan sus impuestos sobre las rentas del año comercial anterior. En 2024 declaras la renta AT 2024 correspondiente al año comercial 2023.
Su objetivo es dar cumplimiento a la Ley sobre Impuesto a la Renta (DL 824) y normas complementarias. Es clave para la recaudación fiscal y financiamiento de políticas públicas.

❓ ¿Cuáles son las dos “capas” del proceso?

  1. Declaración Anual (F22): Se presenta en abril (del 1 al 30).

  2. Declaraciones Juradas (DJ): Se presentan entre marzo y junio (varían por régimen y tipo de contribuyente).

❓ ¿Qué debo tener claro antes de empezar?

  • Régimen tributario de tu empresa (14 A, 14 D, etc.).

  • Composición de socios (personas naturales y/o jurídicas), porque altera plazos de varias DJ.

  • Contabilidad financiera vs. contabilidad tributaria: identificar ajustes, agregados y deducciones para llegar a la base imponible.

  • Cierres contables correctos: el gasto por impuesto a la renta del AT 2024 pertenece al año comercial 2023 (se contabiliza en 2023, no en 2024).

❓ ¿Qué buenas prácticas recomiendan para la Operación Renta?

  • Verificar régimen tributario en el portal SII (Mi Información).

  • Mantener registros precisos y conciliados.

  • Armar un calendario de plazos por DJ (con recordatorios).

  • Usar software contable confiable y procedimientos mensuales (evita “cierres de emergencia”).

  • Revisar cambios normativos del AT 2024 (hubo varias modificaciones).

  • Apoyarte en asesoría tributaria si no dominas la norma.

  • Aprovechar beneficios y créditos (saber distinguir gasto aceptado, rechazado, crédito, etc.).

  • Revisar todo antes de enviar (mejor evitar rectificatorias).

  • Mantener canales abiertos con el SII.

❓ ¿Qué cambió para el AT 2024? (visión general)

En agosto de 2023 el SII emitió varias resoluciones que modifican el contenido/formato de 25 DJ y crean 2 nuevas. Cambios típicos:

  • Campos nuevos (por ejemplo, reporte de horas pactadas por la Ley de 40 horas en DJ de sueldos).

  • Ajustes de tasas (por ejemplo, retención de honorarios en la 1879).

  • Nuevos layouts y validaciones.

  • Mayor detalle en instrumentos financieros, operaciones con el exterior y activos fijos.

❓ ¿Qué DJ “masivas” cambiaron y en qué?

  • DJ 1879 (Honorarios — art. 42 N°2): ajustes por tasas de retención vigentes.

  • DJ 1887 (Sueldos — Impuesto Único 2ª categoría): agrega campos para informar la implementación de la Ley de 40 horas al cierre de 2023.

  • Además, hubo cambios en DJ de donaciones, seguros, arrendamientos, depósitos y cuentas, acciones y fondos, APV, operaciones exteriores y caracterización tributaria (series 18xx y 19xx).

Consejo: revisa en el SII el listado oficial de DJ del AT 2024, su descripción, formato, régimen aplicable y fechas.

❓ ¿Cuáles son los principales plazos de DJ en marzo–abril?

Importante: “vence el día X” = tienes hasta ese día (no necesariamente ese mismo día).

1 de marzo

  • 1811, 1822, 1834, 1891, 1900, 1902, 1903

11 de marzo

  • 1896, 1898

14 de marzo

  • 1848 (solo S.A. Abiertas)

18 de marzo

  • 1870, 1871, 1873, 1890

22 de marzo

  • 1949, 1955

25 de marzo

  • 11 DJs (varias de régimen general y específicas)

27 de marzo

  • 1828, 1874, 1889, 1894, 1848 (socios PJ)

28 de marzo

  • 1829, 1840, 1841, 1843, 1879 (honorarios), 1887 (sueldos), 1922, 1933, 1944, 1953, 1956

  • 1946, 1943, 1947 y 1948: para Empresarios Individuales, vencen junto con el F22 (abril).

Abril

  • F22 Declaración anual (1 al 30)

  • Algunas DJ “colgantes” según tipo de contribuyente.

Mayo–junio

  • Aún quedan DJ con vencimientos después de abril. No las pierdas de vista.

❓ ¿Qué hay de nuevo con “Activos Fijos” e “Instrumentos Financieros”?

  • Se refuerza el reporte de bienes del activo inmovilizado (DJ nueva) y saldos de cuentas/inversiones financieras (DJ nueva y/o cambiada).

  • Verifica si aplican a tu régimen y si tienes excepciones. Son DJ técnicas: revisa la ficha SII y layout.

❓ ¿La Ley de 40 horas afecta mis DJ?

Sí. En la DJ 1887 (sueldos) se incorporan campos para informar cuántas horas tenía pactada la empresa al cierre de 2023, considerando la implementación gradual (o total) de la ley.

❓ ¿Consejos para gestionar los cambios sin estrés?

  • Descarga del SII el listado oficial de DJ AT 2024 y aplica los filtros (régimen general, por régimen específico, financieras, etc.).

  • Arma tu matriz “Empresa → DJ → Vence → Responsable → Estado”.

  • Valida archivos y layouts con tiempo (evita el último día).

  • Controla dependencias (p.ej., DJ de terceros, bancos, AFP, fondos).

❓ ¿Cuándo se publican los datos e índices para calcular?

Usualmente en la primera quincena de febrero el SII y otros organismos publican UFA, IPC, tipo de cambio y parámetros anuales necesarios para certificados, formularios y DJ. Comienza el armado real desde entonces.

❓ ¿Dónde puedo capacitarme y ver material de apoyo?

En la Academia Manager encontrarás cursos, webinars y tutoriales (gratuitos):

  • Entra a academiamanager.cl, regístrate y accede a contenidos.

  • En el canal de YouTube de Manager Software puedes ver webinars anteriores (incluido 40 horas).

  • Este webinar y material complementario (links del SII y resoluciones) quedarán publicados en la Academia.

❓ Preguntas frecuentes rápidas

➤ Mi empresa es S.A. cerrada con socios PN y PJ; ¿qué plazo uso?
Usa el plazo más exigente (en la práctica, el que aplique a socios PJ), salvo que la DJ señale otra regla.

➤ ¿Sigue vigente 45 horas en 2023?
Sí, pero la 1887 pide informar cómo y cuándo implementas la ley de 40 horas (gradual o total).

➤ ¿Manager genera certificados/DJ?
Las soluciones de Manager son financieras. Para DJ y certificados, usa tus módulos tributarios o el ecosistema (p.ej., Rex u otras herramientas) y exporta/importa según corresponda.

➤ ¿Si presenté la 1943/1926 antes, debo seguir?
Si no cambió tu régimen y sigues cumpliendo las condiciones, . Si cambiaste de régimen, revisa la ficha SII.

¿Ha quedado contestada tu pregunta?